
INTRODUCCION.
ACERCA DEL PROTOCOLO
El objetivo del nuevo tratado es eliminar todas las formas de comercio ilícito de productos de tabaco, para lo cual obliga a las Partes a tomar medidas con vistas a lograr un control efectivo de la cadena de suministro de los productos de tabaco y cooperar a nivel internacional en una amplia gama de asuntos.
Se incluyen medidas relativas a las licencias, diligencia debida, seguimiento y localización, mantenimiento de registros, seguridad y medidas preventivas, ventas por internet, medios de telecomunicación o cualquier otra tecnología en evolución, zonas francas y tránsito internacional y ventas libres de impuestos.
Otras disposiciones importantes del Protocolo se refieren a delitos, como conductas ilícitas y delitos penales, confiscación de pagos y eliminación o destrucción de los productos decomisados. En un tercer ámbito clave, el Protocolo cubre la cooperación internacional, incluyendo el suministro de información, asistencia y cooperación, asistencia administrativa y jurídica mutua y extradición, presentación de informes e intercambio de información. El Protocolo también aborda la protección de datos personales, así como asuntos relacionados con la gobernanza, y cuestiones financieras y procedimentales.
RATIFICACION.
De los 54 países que firmaron el Protocolo entre 2013 y 2014, sólo 5 países lo han ratificado.
EL PROBLEMA.
Si bien es cierto el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco es un instrumento que fue signado por 179 países, el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos del Tabaco sólo fue signado por 54 países y ratificado por 5 hasta el momento.
Puede resultar paradójico que el objetivo de la OMS a través de su Convenio Marco, sea combatir y disminuir el consumo de tabaco y sus productos, que ocasionan la muerte de millones de personas anualmente y gastos millonarios en salud para los gobiernos y sus economías, a través de la implementación de leyes, más impuestos al tabaco, restricciones a la publicidad y una serie de medidas que logren disminuir el consumo. Sin embargo, el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos del Tabaco, que busca controlar el movimiento del comercio del tabaco y sus productos, es un instrumento que no ha sido signado por algunos de los principales países productores y/o fabricantes de productos del tabaco como los cigarrillos, y que si signaron el Convenio Marco.
Es así como EE.UU, Brasil, India, Zimbawe y Paraguay no aparecen en el listado de países firmantes del protocolo, siendo los cuatro primeros productores mundiales de tabaco y el último el que más manufactura tiene con 35 tabacaleras registradas que llegaron a producir casi 68 billones de unidades de cigarrillos en 2006 (Paraguay tiene una población de 6.5 millones de habitantes). Además, Paraguay es uno de los principales países fuente del contrabando de cigarrillos a nivel mundial después de China.
No haremos un análisis de donde se focaliza el contrabando, sus crifras y cuáles son sus mercados, ya que el motivo de nuestro enunciado se focaliza en si el Protocolo será una medida coercitiva que disminuirá el contrabando controlando la cadena logística y su distribución en el comercio internacional.
Sí, es necesario destacar como dato base que: Uno de cada diez cigarrillos fumados en el mundo proviene del contrabando (Fuente: Organización Mundial de Aduanas).
Obviamente, haciendo el cálculo matemático nos llevará a una cifra abultada con muchos ceros y con impuestos evadidos de varios millones de dólares, que es lo que las economías dejan de percibir por este flagelo.
Es indudable que los últimos 10 años el contrabando de cigarrillos, ha ido in crescendo, debido a que no sólo el comercio internacional ha evolucionado sino que también los contrabandistas lo han hecho, cambiando los modus operandi, métodos de ocultamiento y rutas, para lograr la materialización del ingreso ilegal de cigarrillos en los mercados.
En esta lucha, las Aduanas a nivel mundial son las que mejor experiencia tienen y han logrado desarrollar modelos de análisis de riesgos, inteligencia y selección (targeting/ciblage), además de coordinación entre ellas para interceptar embarques sospechosos que resultan en acciones notables en términos de cantidades de cigarrillos incautadas año a año a nivel mundial. Obviamente esto no es suficiente, tomando en cuenta los volúmenes de carga que se mueven en los puertos marítimos, terrestres y aéreos cada año lo cual implica que las Aduanas deben realizar Gestión de Riesgos para la selectividad ya que no se puede revisar el 100% de la carga.
EL PROTOCOLO.
Para poder entender el impacto de este Protocolo y visualizar si realmente será una respuesta a disminuir el contrabando mundial, nos focalizaremos en sus ejes principales definiendo las fortalezas y debilidades desde la perspectiva aduanera.
FORTALEZAS.
- Es un Tratado Internacional en respuesta al incremento del comercio ilícito mundial del tabaco, estableciendo controles en la cadena logística de distribución (seguimientos, trazabilidad, licencias, etc.).
- Define los actos delictivos y disposiciones sobre responsabilidades, enjuiciamientos y sanciones, pagos relacionados con incautaciones, técnicas especiales de investigación, y eliminación y destrucción de los productos incautados.
- Controles a las Zonas Francas, comercio vía Internet y ventas libres de impuestos.
- Intercambio de información, cooperación técnica y en materia de fiscalización, la protección de la soberanía, la jurisdicción, la asistencia mutua de carácter jurídico y administrativo, y la extradición.
DEBILIDADES.
- La no ratificación de los países firmantes.
- La no suscripción del Protocolo por parte de países importantes que son productores y fabricantes mundiales de tabaco y sus productos, que si tienen firmado el Convenio Marco.
- Si bien es cierto, el Protocolo habla de controlar la cadena logística de distribución desde la producción, manufactura, importación / exportación del tabaco y sus productos, incluyendo la maquinaria; este se focaliza en el comercio legal.
- La concesión de licencias para la elaboración de productos de tabaco y equipo de fabricación; importación o exportación de productos de tabaco y equipo de fabricación. Y como consecuencia el gravamiento de las licencias.
Bibliografía.
- Organización Mundial de Aduanas, Reporte Anual de Comercio Ilícito 2013.
- Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (FCTC) y Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos del Tabaco. http://www.who.int/fctc/protocol/es/
- Paraguay: El gran “duty free” del contrabando de cigarrillos. CIPER Chile. http://ciperchile.cl/2009/06/30/paraguay-el-gran-duty-free-del-contrabando-de-cigarrillos/